En dos consultas vinculantes recientes del 11 y 14 de diciembre 2018, la DGT confirma el criterio adoptado por el Tribunal Supremo respecto de la discriminación que sufren los residentes extracomunitarios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en comparación a los residentes en la Unión Europea.
No es ajeno a nuestro ordenamiento jurídico contravenir el derecho comunitario como venía haciendo hasta hace varios años al discriminar entre ciudadanos residentes en la Unión Europea con respecto a residentes españoles en el ISD. En esta ocasión el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya forzó al estado español a cambiar su normativa permitiendo que los residentes comunitarios puedan optar a la normativa autonómica que en ocasiones suele ser más favorable y menos gravosa.
Por tanto, de acuerdo con las resoluciones mencionadas, los residentes extracomunitarios podrán acogerse a normativa autonómica en lugar de la estatal a la hora de presentar las autoliquidaciones por dichos impuestos.
Es de esperar que se modifique la normativa del ISD para brindar de mayor seguridad jurídica nuestro ordenamiento y evitar notificaciones indeseadas de Hacienda.
Animamos a cualquiera que se haya visto en la situación explicada a contactar con nosotros para evaluar su caso y si procede, reclamar el impuesto pagado indebidamente.